La UIF modernizó el proceso de inscripción:
1. Ahora la inscripción como sujeto obligado es 100% digital: Toda la documentación de inscripción se presenta en formato PDF por el SRO+. Si hay observaciones, el Sujeto Obligado tiene 15 días hábiles para subsanarlas.
2. Consecuencia del incumplimiento: Si no se subsanan las observaciones en el plazo, se bloquea automáticamente la inscripción en el SRO+, quedando el obligado expuesto a sanciones bajo la Ley N° 25.246.
3. Actualización de datos: Los ya registrados deben mantener actualizados domicilio, teléfono y email dentro de los 5 días hábiles de cualquier cambio. Los reemplazos del Oficial de Cumplimiento también deben comunicarse en ese plazo al correo sujetosobligados@uif.gob.ar.
4. Facultades de la Dirección de Supervisión: Otorga una facultad discrecional a la Dirección de Supervisión al pedido de actualización de la información a los ya inscriptos, no impone una obligación automática.
Vigencia: desde su publicación en el Boletín Oficial, el 14 de abril de 2026.
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Teléfono: (+5411) 4703-2536
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