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El BCRA emitió la Comunicación “A” 8429, que establece nuevas obligaciones y plazos de presentación de informes en materia de prevención de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, alineándose con la Resolución UIF N° 200/24.

Su impacto varía según el tipo de entidad:
Proveedores de Servicios de Pago (PSP), Proveedores No Financieros de Crédito (PNFC) y Emisoras de tarjetas de crédito/compra deberán presentar anualmente al BCRA su Autoevaluación de riesgos LA/FT y Declaración de tolerancia al riesgo, con vencimiento el 30 de abril de cada año, y en forma bienal el Informe del revisor externo independiente, con vencimiento el 31 de agosto. Para estas entidades, la primera presentación cubre el período 2025 y cuenta con vencimientos excepcionales: el 17/06/2026 para la autoevaluación y el 30/09/2026 para el informe del revisor.
Las entidades financieras, por su parte, deberán adaptar el calendario de presentación del reporte de operaciones sospechosas, que pasará a vencer el día 22 del mes siguiente al cierre de cada trimestre, a partir de la información correspondiente al 30/09/2026. De forma excepcional, el reporte con información al 31/03/2026 vencerá el 10/06/2026.

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