El Informe del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) de octubre del año 2010, ha marcado un punto de inflexión en las políticas nacionales y los modelos de prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo en la República Argentina.
Los serios riesgos derivados del mismo, exigieron respuestas acordes por parte de las autoridades argentinas, para dejar de integrar la Lista conocida como Gris. Nuevas exigencias normativas y legales han aparecido como emergentes de tales circunstancias.
En este marco y ya desde comienzo de año 2011, la Unidad de Información Financiera (UIF) emitió una serie de Resoluciones dirigidas a históricos sujetos obligados, tales como Organismos Supervisores: Banco Central de República Argentina (BCRA), Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y Comisión Nacional de Valores (CNV), como así también a nuevos responsables, con el fin de establecer “medidas y procedimientos… para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan provenir de la comisión de los delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo”.
Por su parte, la UIF, a través de sus Resoluciones, destaca en lugar prioritario dentro de las obligaciones impuestas a los Sujetos Obligados, la capacitación permanente.
Referencias a la misma, se encuentran bajo las siguientes formas:
• Capacitación para prevenir e impedir el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (Art. 3).
• Programas de Capacitación establecidos en el Manual de Procedimientos (Art. 4).
• Entre las Funciones del Oficial de Cumplimiento, se halla diseñar e implementar políticas de capacitación a empleados e integrantes del Sujeto Obligado (Art. 7).
• Programa de Capacitación para funcionarios y empleados con periodicidad anual como mínimo (Art. 9). |